Para cumplir con el principio de autonomía del paciente, desde AECIMA ponemos a su disposición los siguientes consentimientos informados descargables y editables.

Dentro de los objetivos recogidos en las Estrategias de Mejora para el HGUCR, concretamente encuadrada en la Estrategia número 8, se marcó como línea de acción el mejorar los documentos de consentimiento informado existentes en el hospital por dos motivos fundamentales:

1. Existía una gran variabilidad de documentos de consentimiento informado que hacían necesaria una unificación formal.

2. Además, y como cuestión más importante, los mismos eran susceptibles de ser mejorados en cuanto a su contenido.
Desde la Comisión de Historias Clínicas del HGUCR se abordó esta línea de acción y para ello se realizó un análisis de la situación en todo el ámbito hospitalario llevando a cabo un proceso de recogida de todos los documentos de consentimiento informado con el fin de iniciar un proceso de unificación formal y de mejora del contenido.

El modelo de consentimiento informado por escrito se diseñó inicialmente por la Secretaria de la Comisión de Historias Clínicas y se mejoró teniendo en cuenta las recomendaciones que proporcionó la Asesoría Jurídica, basadas en la Ley 41/2002 de 14 de Noviembre Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente y de Derechos y Obligaciones en materia de Información y Documentación Clínica y en la Ley 5/2010 de 24 de Junio sobre Derechos y Deberes en materia de Salud de Castilla-La Mancha.

Para el desarrollo de esta línea de acción se hizo llegar a los distintos Jefes de Servicio, tanto Médicos como Quirúrgicos, una carta informativa donde se solicitaba, en primer lugar, un listado con todos los procedimientos que requerían consentimiento informado por escrito en cada especialidad.

En segundo lugar, se envió a los Servicios el nuevo modelo de documento consentimiento informado y se les indicó que debían de cumplimentar los distintos apartados según la intervención quirúrgica, el procedimiento diagnóstico y terapéutico invasor o el procedimiento que supusiera riesgo o inconveniente de notoria y previsible repercusión negativa sobre el paciente. Los Facultativos tendrían que completar los datos y circunstancias personales de cada paciente, en cada momento para el resto de apartados específicos.

Conforme se iban recibiendo los documentos de consentimiento informado cumplimentados por los distintos Servicios eran revisados y corregidos por la Secretaria de la Comisión de Historias Clínicas y por la Administrativa de la Oficina Jurídica para la Práctica Asistencial dependiente de la Asesoría Jurídica. Posteriormente la Comisión de Historias Clínicas aprobaba los documentos de consentimiento o proponía alguna modificación a los Servicios para aprobarlos posteriormente.

Hasta la fecha el total de documentos de consentimiento informado que se han modificado de acuerdo a este línea de acción es de cuatrocientos noventa y cuatro y en breve habrá que sumar otros setenta y dos.